Grupo amplio2,3Pensiones y Seguridad SocialAyudas y subvencionesEmpleo y trabajoJusticia y derechosExtranjería y nacionalidad
Por otro lado, se modifica la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave. En primer lugar, se permite el reconocimiento del derecho en aquellos casos en los que, si bien no existe un ingreso hospitalario del menor, requiere de tratamientos médicos de igual intensidad. En segundo lugar y, con carácter excepcional, se posibilita la extensión de la prestación más allá del cumplimiento de los 26 años por la persona causante, siempre y cuando acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento o un grado III de dependencia. Por último, se permite su percepción por ambas personas cuidadoras de forma alternativa o simultánea, con el fin de atender las demandas planteadas por las familias afectadas y lograr de este modo una mayor corresponsabilidad en el cuidado de las personas enfermas que tradicionalmente vienen desempeñando las mujeres. Con este mismo objetivo, se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que regula la reducción de jornada por este motivo.
Grupo amplio1,8Ayudas y subvencionesViviendaImpuestos y HaciendaConsumo y empresasMedio ambiente y energía
Se trata de un régimen de ayudas directas que tienen como finalidad atender de manera inmediata los daños producidos en las viviendas afectadas, sus instalaciones complementarias y anejos, contribuir a la recuperación de sus condiciones de habitabilidad, facilitar la reparación o rehabilitación de los inmuebles y, cuando resulte necesario, proporcionar una solución habitacional temporal mediante ayudas al alquiler.
El artículo 4.4 de la orden admite que la persona apoderada aporte el poder otorgado mediante documento público o mediante documento privado con firma electrónica o notarialmente legitimada. La nueva funcionalidad del registro facilita a la persona apoderada que no disponga de poder notarial el recurso a esta segunda vía. En este caso, el documento privado de apoderamiento es el propio formulario electrónico normalizado del REA-AGE, que la persona apoderada cumplimenta con el contenido del poder de acuerdo con los tipos y datos establecidos en el artículo 3 de la orden. Dicho formulario queda a disposición de la persona poderdante en el registro, de modo que, al acceder a él para aceptarlo, esta se identifica y lo firma electrónicamente mediante los sistemas previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o mediante comparecencia personal en una Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración General del Estado, donde la firma electrónica del formulario podrá ser realizada por personal funcionario habilitado. Con esa firma, la persona poderdante manifiesta de forma expresa su voluntad de otorgar el apoderamiento en los términos recogidos en el formulario, que adquiere así la condición de documento privado con firma electrónica a los efectos del artículo 4.4 de la orden.
El objeto del convenio es la cesión del derecho de uso por parte del MEFPD a la Comunidad Autónoma del paquete de software que soporta la plataforma ABIES+ para su instalación en el área de gestión educativa de los centros de competencia de la Comunidad Autónoma a través de su pertinente desarrollo y adaptación a sus necesidades propias. Asimismo, la Comunidad Autónoma se compromete a revertir al MEFPD todos los avances tecnológicos de la plataforma ABIES+ que sobre ella se desarrolle, cuando sea de interés para el MEFPD.
Procede pues integrar estos dos aspectos en la Orden EDU/2157/2010, de 30 de julio, incorporando, al mismo tiempo, algunos ajustes de carácter estrictamente técnico que no afectan al contenido sustantivo ni a los objetivos de la norma, pero permiten asegurar una mejor aplicación de esta.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Tres plazas de Auxiliar Administrativo/a, pertenecientes a la escala de Administración General, subescala Auxiliar, por el sistema de oposición, en turno libre.
Hacer pública la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, por el sistema general de acceso libre, por orden de puntuación obtenida, que figura en el anexo I de la presente resolución.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
Siete plazas de Bombero/a-Conductor/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Servicio de extinción de incendios, por el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Dos plazas de Arquitecto/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Superior, por el sistema de oposición, en turno libre.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Una plaza de Analista de Sistemas de Tecnologías de la Información y la Comunicación de la plantilla de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Una plaza de Ingeniero/a Técnico/a de Obras Públicas o Graduado/a en Ingeniería Civil, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Media, por el sistema de oposición, en turno libre.
Grupo concreto1,0EducaciónImpuestos y HaciendaOposiciones y empleo público
Convocar a los aspirantes que deseen presentarse a la segunda parte de las pruebas o pruebas específicas en los puertos de Algeciras (1 plaza), Torrevieja y Santa Pola (1 plaza), Barcelona (1 plaza), Cariño Celeiro y Burela (1 plaza), y Málaga (1 plaza), para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje, y cumplan los requisitos establecidos en la norma.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
Tres plazas de Oficial de Policía Local, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Policía Local y sus auxiliares, por el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Una plaza de Técnico/a de Turismo, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica y clase Media, por el sistema de oposición, en turno libre.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
Tres plazas de Oficial de Policía Local, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales, por el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Una plaza de Auxiliar administrativo/a, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Auxiliar y clase Auxiliar, por el sistema de oposición, en turno libre.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo público
Dos plazas de Inspector/a de Infracciones Urbanísticas, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Cometidos especiales, por el sistema de oposición, en turno libre.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaAcceso libreOposiciones y empleo públicoEducaciónImpuestos y HaciendaExtranjería y nacionalidad
Convocar proceso selectivo, para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión Universitaria de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el sistema de concurso-oposición, con sujeción a las bases que se acompañan.
Grupo concreto1,0Consumo y empresasImpuestos y HaciendaMedio ambiente y energía
Sin embargo, dado el tiempo transcurrido desde la publicación de la Orden AAA/1742/2016, de 28 de octubre, los precios públicos establecidos en dicha orden ministerial ya no cubren los costes económicos generados. Además, se considera necesario actualizar el listado de precios para incluir nuevos materiales forestales de reproducción derivados de la posibilidad de ampliar el suministro en cuanto a especies y a categoría y tipo de materiales. Por otra parte, se han presentado nuevas causas que aconsejan establecer de forma motivada unos precios reducidos en acuerdos y convenios con administraciones y entidades públicas o sin ánimo de lucro por las razones sociales, benéficas, culturales o de interés público recogidas en el artículo 25.2 de la ley citada. La fijación de estos precios se determinará en cada convenio o acuerdo de acuerdo con las causas y porcentajes que se fijan en esta orden. También se actualiza la forma de pago, mediante los modelos 069 y 074 de ingresos no tributarios y su procedimiento.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
Una plaza de Oficial/a de Policía, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Policía Local y sus auxiliares, por el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.
Grupo concreto1,0Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
Una plaza de Subinspector/a de Policía, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios especiales y clase Media, por el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.
De acuerdo con los artículos 4.6 y 4.7 de la orden, el anexo I de la presente resolución asigna a cada buque participante en campañas científicas autorizadas el número de días de esfuerzo pesquero científico.
Grupo concreto1,0Oposiciones y empleo públicoEducación
Advertido error en la publicación del Acuerdo de 15 de octubre de 2026, de la Comisión de Selección prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por el que se modifica el Acuerdo de 24 de septiembre de 2026, por el que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para tomar parte en las pruebas selectivas para el ingreso en la Escuela Judicial y en el Centro de Estudios Jurídicos, convocadas por Acuerdo de 4 de junio de 2026, se nombra el Tribunal calificador número 1 y se señalan los lugares de celebración del primer ejercicio, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 260, de 20 de octubre de 2026, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
Grupo concreto0,7Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
El puesto de trabajo que se convoca por esta resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos que se establecen para el desempeño del mismo.
Conforme a lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en relación con el Procedimiento Ordinario N.º 1883/2026, interpuesto por doña Paula Abascal Santander, contra el Acuerdo de fecha 5 de mayo de 2026 del Tribunal calificador del proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, por el que se publican las calificaciones obtenidas en la segunda parte del ejercicio único del proceso selectivo, se procede por medio de la presente al cumplimiento del trámite de la notificación de emplazamiento a todas aquellas personas que aparezcan interesadas en el mismo, si a su derecho conviniera, disponiendo para ello de un plazo de nueve días, desde el día siguiente a la publicación oficial de la presente resolución, ante el Órgano Jurisdiccional que lo ordenó.
Grupo concreto0,7Convocatoria nuevaOposiciones y empleo público
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, y que figura en la relación de puestos de trabajo del Departamento.
Advertida errata en la Resolución de 9 de octubre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 260, de fecha 20 de octubre de 2026, páginas 139888 a 139889, se transcribe a continuación el anexo II que fue indebidamente omitido:
Por lo tanto, aplicando la legislación y doctrina vigentes en esta Comunidad Autónoma, en virtud de la cual la transmisión intervivos de cuotas proindiviso de fincas clasificadas como suelo no urbanizable tiene la consideración de acto revelador de posible parcelación urbanística, es necesario la segregación de las porciones correspondientes de acuerdo con los requisitos urbanísticos y registrales aplicables.
Debe recordarse a su vez que la presente Resolución debe pronunciarse exclusivamente sobre los defectos expresados en la nota de calificación y que hayan sido objeto de recurso, excluyéndose otras cuestiones que pudieran concurrir en el expediente –artículo 326 de la Ley Hipotecaria–.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, modificada por el artículo decimotercero, apartado veinticinco, de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se dispone la publicación de la rehabilitación de los números de identificación fiscal que figuran en el anexo.
Por lo tanto, aplicando la legislación y doctrina vigentes en esta Comunidad Autónoma, en virtud de la cual la transmisión intervivos de cuotas proindiviso de fincas clasificadas como suelo no urbanizable tiene la consideración de acto revelador de posible parcelación urbanística, es necesario la segregación de las porciones correspondientes de acuerdo con los requisitos urbanísticos y registrales aplicables.
Con la Ley 11/2023, de 8 de mayo, se da nueva redacción al artículo 246 de la Ley Hipotecaria, que en su apartado 3 introduce un recurso especial, «exprés», contra la denegación de la práctica del asiento de presentación, habida cuenta de la importancia de éste, con unos plazos reducidos para su interposición y resolución, corriendo esta última a cargo exclusivamente de la Dirección General, sin que haya posibilidad de calificación sustitutoria ni recurso judicial.
Por lo tanto, aplicando la legislación y doctrina vigentes en esta Comunidad Autónoma, en virtud de la cual la transmisión intervivos de cuotas proindiviso de fincas clasificadas como suelo no urbanizable tiene la consideración de acto revelador de posible parcelación urbanística, es necesario la segregación de las porciones correspondientes de acuerdo con los requisitos urbanísticos y registrales aplicables.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional sexta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, modificada por el artículo decimotercero, apartado veinticinco, de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se dispone la publicación de la revocación de los números de identificación fiscal que figuran en el anexo.
Conforme a lo ordenado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en relación con el Procedimiento Ordinario 1670/2026, seguido con ocasión de recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Sergio Jiménez Zamorano se procede por medio de la presente al cumplimiento del trámite de la notificación de emplazamiento a todas aquellas personas funcionarias interesadas en la Resolución de la Subsecretaría, de 26 de mayo de 2026, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Subsecretaría, de 27 de marzo de 2026 (BOE 7 de abril), por la que se resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, disponiendo para ello de un plazo de nueve días, si a su derecho conviniera, desde el día siguiente a la publicación oficial de la presente resolución ante el Órgano Jurisdiccional que lo ordenó.
Así pues, no resulta jurídicamente exigible, en este momento, una nueva liquidación de la sociedad de gananciales en la que se le adjudiquen formalmente dichas fincas, pues ello supone prescindir del dato esencial de que, al tiempo de la liquidación originaria, el activo repartible no eran las fincas, sino el crédito derivado de su venta, el cual ya se ha señalado que ostentaba la madre de forma exclusiva. Precisamente el hecho de que aquéllas habían quedado subrogadas económicamente en dicho crédito es un extremo que la propia registradora recoge literalmente en su segunda nota de calificación negativa.
Por todo lo expuesto he acordado suspender la inscripción del documento presentado en razón a los fundamentos de derecho antes expresados. Notifíquese este acuerdo en el plazo máximo de diez días contados desde esta fecha.
Desestimar la solicitud de autorización administrativa previa del proyecto de parque eólico El Páramo, de 92,4 MW de potencia instalada, y para su infraestructura de evacuación, en la provincia de León, acordando el archivo del expediente PEol-899.
En definitiva, lo que se pedía en la instancia era la adecuación del Registro a la realidad física y jurídica mediante la rectificación de un error de concepto (la nota de “en construcción” en una vivienda de 1977). Al ser la instancia privada el cauce legal para instar dicha rectificación (artículo 40 LH), su denegación de plano en el Diario constituye un defecto de forma que debe ser revocado, ordenando la práctica del asiento de presentación solicitado.
Otorgar a Naturgy Renovables, SLU, autorización administrativa previa para el módulo de almacenamiento por baterías «BESS Tabernas I», de 19,8 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente «Tabernas I», de 48,8 MW de potencia instalada, situado en el término municipal de Tabernas, en la provincia de Almería.
Resuelvo suspender la inscripción solicitada, por la concurrencia del defecto mencionado. No procede la anotación preventiva de suspensión por no haberse solicitado. La presente calificación negativa determina la prórroga del asiento de presentación por el plazo que señala el artículo 323, 1.º de la Ley Hipotecaria.
1. Es objeto de este expediente determinar si debe accederse a la petición del presentante de un escrito dirigido a orientar la calificación registral, en el que solicita que el registrador califique en un determinado sentido conforme a los hechos que se exponen.
1. Es objeto de este expediente determinar si debe accederse a la petición del presentante de un escrito dirigido a orientar la calificación registral y advertir de posibles defectos de legalidad relacionados con un asiento de presentación vigente, ordenando, como solicita el recurrente, la incorporación formal, fehaciente y vinculada al expediente registral del escrito presentado por este.
El objeto de este convenio es establecer un marco de colaboración entre el Ministerio de Cultura y Paramotion Films para la realización conjunta de actividades que impulsen la industria cultural digital y, en particular, del sector del videojuego, la realidad extendida y la animación.
En el recurso interpuesto por don P. J. M. D. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Algeciras número 1, don Eduardo José Martínez García, por la que deniega la práctica de un asiento de presentación.
En el recurso interpuesto por don P. J. M. D. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Algeciras número 1, don Eduardo José Martínez García, por la que deniega la práctica de un asiento de presentación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales, se hacen públicas, para conocimiento general, las comunicaciones relativas a tratados internacionales multilaterales de los que España es parte recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación desde la publicación anterior (BOE núm. 172 de 16 de julio de 2026) hasta el 8 de octubre de 2026.
Este convenio tiene por objeto regular los términos y condiciones conforme a los que la Fundación Iberdrola España colaborará con el Ministerio de Defensa en la iluminación ornamental exterior del Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio, en la plaza de la Moncloa de Madrid, y que comprenden la elaboración del proyecto de iluminación de la fachada exterior del Cuartel General del Ejército del Aire y del Espacio (Proyecto), el suministro de luminarias, la dirección técnica y ejecución de los trabajos de instalación de las luminarias, en adelante trabajos de iluminación.